aconfesional.
1. adj. Que no pertenece o está adscrito a ninguna confesión religiosa. Estado, partido aconfesional
laico, ca.
(Del lat. laĭcus).
1. adj. Que no tiene órdenes clericales. U. t. c. s.
2. adj. Independiente de cualquier organización o confesión religiosa. Estado laico. Enseñanza laica.
Hay una pequeña misconcepción de la que sufre la gente en este país. Siempre se habla de si unos son laicos y otros sean religiosos y que la religión no se puede meter en los asuntos de un estado. Lo que pasa es que la constitución española de 1978 sencillamente dice que no se decanta por ninguna religión en particular (es estado “aconfesional”, no “laico”, no que no puede haberla o que representantes religiosos se tengan que callar en los temas de actualidad.
Claro, con lo que viene luego con lo de estado aconfesional es que los órganos del estado no tienen porque seguir las órdenes de una religión. Entonces resulta que lo unico que puede hacer la religión entonces es transmitir valores o recomendar a sus fieles de cómo se tendría que actuar si se quiere seguir a este credo.
Un ejemplo es el derecho canónico. Solo puede mandar cosas a sus fieles y castigarles, pero lo mas grave que puede hacer es expulsar la persona en cuestión de su comunidad religiosa, nada mas. Si no se quiere pagar un impuesto religioso o no se esta conforme con la autoridad de la religión en cuestión, no hace falta mas que renunciar a ella.
Entonces cualquier queja continua referente al liderazgo de la organización se vuelve algo absurdo, dado que si no se esta a gusto, uno esta libre de irse. Igualmente, a menos que el estado sea una teocracia, la religión no le puede imponer nada por la fuerza ni imponer leyes y normas. Lo único que puede hacer es decir que es lo que quiere y que modo de actuar recomienda a sus seguidores. Si a estos no les gusta, no tienen por que seguirlo y si están completamente en contra, pueden irse, sin mas.
Luego esta lo del trato a favor hacia
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